Hallazgo.

{m.} Acción de hallar. Cosa hallada. [Derecho] El que encuentra una cosa mueble, que no pueda considerarse como tesoro, tiene la obligación de restituirla a su antiguo poseedor; el hallazgo presupone la toma de posesión de la cosa a la voluntad del hallador, ya que si fuese de otra manera, no podría cumplir la obligación de restitución. Así como las cosas abandonadas pueden legalmente ocuparse, en las cosas que se presumen pérdidas hay un deber de restitución. Es cierto que no siempre que una...

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