tutela

{f.} Autoridad que, por falta de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de quien por cualquier causa no tiene capacidad civil.
Cargo de tutor
{fig.} Amparo.
[Derecho] Institución perteneciente al derecho de familia que tiene por finalidad la guarda de personas incapaces de regirse por sí mismas en el ámbito personal y patrimonial. Estarán sujetos a tutela: los menores no emancipados que no estén bajo patria potestad, los incapacitados cuando la sentencia así lo haya establecido, los sujetos a la patria potestad prorrogada al cesar ésta, salvo que proceda curatela los menores que se hallen en situación de desamparo. El tutor lo pueden nombrar los padres, en testamento u otro documento público, el juez, o el que disponga en favor del menor bienes a título gratuito establecerá quien los administra, lo que no haga el administrador lo hará el tutor. Como institución de protección al menor e ...

Documento bajo suscripción

Este documento contiene 2701 caracteres y 7 vínculos.

Si es suscriptor, introduzca a continuación su usuario y contraseña y pulse el botón 'Entrar'.

Usuario
Contraseña  

Si no es suscriptor, suscríbase en Enciclonet para disfrutar de todo el contenido de la enciclopedia y obtendrá las siguientes ventajas:

  • Ver los documentos completos, sin restricciones.
  • Podrá ver el día que usted quiera en nuestras Efemérides
  • Podrá votar y sugerirnos mejoras en los documentos.
  • Verá el portal sin ningún tipo de publicidad.