alcabala

(Del ár. al-qabala); sust. f. 1. [Historia] Impuesto indirecto castellano que gravaba las ventas y permutas.
[Historia] Impuesto real indirecto de la Corona de Castilla y, posteriormente, de sus posesiones americanas, generalizado en el siglo XIV y suprimido a principios del XIX. La alcabala gravaba el consumo por vía comercial de bienes muebles, inmuebles o semovientes, tanto en las transacciones de compraventa como en las de permuta o trueque. Se trata, por lo tanto, de un precedente de los modernos impuestos sobre el valor añadido. El origen del término es dudoso. Es probable que derive del vocablo árabe al-qabala (´gabela´, ´tributo´), pues se piensa que tuvo su origen remoto en un impuesto urbano del período de dominación islámica. Durante la Baja Edad Media fue una tendencia generalizada de las monarquías el cobro ...
[Historia de América] Tributo correspondiente a un porcentaje del precio que pagaba el vendedor en el contrato de compraventa, y ambos contratantes en el de permuta. Su cuantía fue variable. En América el importe de la alcabala fue el 2% hasta el año 1637, en que se duplicó para atender los gastos de la Armada de Barlovento. Fue implantado en Nueva España en 1574, en 1576 en Guatemala y a partir de 1590 en Quito, donde desencadenó una importante revuelta, la Revolución de las Alcabalas. La alcabala se debía pagar por toda compra y venta, y generalmente se hacía cargo de ella el vendedor. En el Virreinato del Perú, se estableció de modo efectivo por una Real Cédula de 1591, que ordenó cobrarla a razón del 2% del valor de venta de las ...

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