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Derecho

Personalidad jurídica.

Capacidad de un ente físico para tener derechos y contraer obligaciones. Se utiliza la expresión ente porque aquélla no es una cualidad exclusiva de los seres humanos, ya que hay entidades a las que el ordenamiento también les reconoce esa aptitud: las personas jurídicas. La diferencia entre ambas está en que, mientras los seres humanos son considerados personas por el mero hecho de nacer, las personas jurídicas necesitan cumplir una serie de requisitos. En el ámbito jurídico, por tanto, se di...

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